Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Seguimiento al cumplimiento de la sentencia T-760/08
- Deber de acatar los autos proferidos en el marco del seguimiento a la Sentencia T-760/08
- Deber de garantizar la prestación del servicio de salud en el departamento del Chocó
- Nivel de cumplimiento bajo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Con el presente auto la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-760/08 realizó una valoración a las órdenes 16 y 29, relacionadas con el cumplimiento del componente de prestación de servicios de salud de segundo nivel de atención en la Nueva ESE Hospital San Francisco de Asís, de Quibdó.
Con base en lo anterior declaró el nivel de cumplimiento bajo de las órdenes proferidas en el auto 413 de 2015, verificadas con anterioridad a través de los autos 056, 282 y 314 de 2016, 039 de 2017 y 110 de 2021.
Así mismo, impartió unas órdenes a la Superintendencia Nacional de Salud y al agente especial interventor del referido centro hospitalario.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (9 puntos)
- Primero. Declarar el nivel de cumplimiento bajo al acatamiento de las órdenes proferidas en el auto 413 de 2015, verificadas con anterioridad a través de los autos 056, 282 y 314 de 2016, 039 de 2017 y 110 de 2021 en relación con las condiciones de prestación de servicios de salud de
- segundo. nivel de atención de la Nueva ESE Hospital San Francisco de Asís, de Quibdó.
- Segundo. Ordenar a la Superintendencia Nacional de Salud y al agente especial interventor de la Nueva ESE Hospital San Francisco de Asís de Quibdó que:
- i) Adopten un plan de contingencia que permita i) reportar en el sistema los insumos y medicamentos que han ingresado al hospital, de tal forma que puedan ser puestos a disposición de los usuarios que los requieran; ii) organizar en debida forma la totalidad de las historias clínicas, incluidas las que recibieron del HSFA en liquidación, iii) realizar una adecuada disposición de las basuras y, iv) realizar el mantenimiento y reparación de los equipos biomédicos. Las actividades que establezca deberán ser desarrolladas de tal forma que, al mes siguiente de la notificación del presente auto, el objetivo propuesto se haya cumplido.
- ii) Efectuar una auto evaluación que permita identificar los requisitos de habilitación que se incumplen en el hospital y adoptar un plan de acción que permita alcanzar su cumplimiento. La auto evaluación deberá ser realizada dentro del mes siguiente a la notificación del presente auto y el cumplimiento de todos los requisitos de habilitación deberá ser verificado a más tardar dentro de los 3 meses siguiente a la realización de la auto evaluación.
- iii) Presentar a la Sala Especial, dentro de los 45 días siguientes a la notificación de esta providencia, los resultados del estudio sobre las necesidades de la planta de personal, así como el plan de acción que permita la vinculación de todo el personal requerido.
- iv) Informar a la Sala Especial de Seguimiento todos los cierres de servicios, temporales y definitivos y las razones que dieron lugar a ellos; además, las novedades sobre los servicios habilitados. El reporte deberá ser presentado al día siguiente de su ocurrencia.
- v) Informar a la Sala Especial, de forma bimensual, los avances en la ejecución de los diferentes proyectos que se ejecuten con el propósito de mejorar o adecuar la infraestructura de la ESE y la planta de tratamiento de agua, la adquisición de insumos, medicamentos, equipos biomédico y pago de acreencias laborales.
- Tercero. Proceda la Secretaría General de esta Corporación a librar las comunicaciones correspondientes, remitiendo copia integral de este proveído.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.